domingo, 24 de octubre de 2010

Funciones basicas de las Comisiones Estatutarias



ASAMBLEA

La Asamblea General es la autoridad máxima de la cooperativa, y esta integrada por los asociados habilitados. Sus resoluciones obligan a los asociados presentes y ausentes, siempre que hayan sido tomadas de acuerdo con las normas establecidas en este estatuto y no fueren contrarias a las leyes y reglamentos vigentes.

TIPOS DE ASAMBLEA

Las Asambleas pueden ser ordinarias o extraordinarias.

La Asamblea General Ordinaria  se reúne una vez al año, para tratar temas tales como: evaluación de la gestión del Consejo Directivo; informe de las comisiones fiscal y fomento; elección de la comisión electoral; entre otros.

La Asamblea General Extraordinaria tiene entre sus competencias resolver en torno a: la reforma de estatutos; aprobar y reformar reglamentos internos; decidir la disolución y liquidación de la cooperativa o la fusón con otra cooperativa de igual finalidad; acordar la integración a organismos cooperativos nacionales o internacionales; entender en todos los asuntos incluidos en el orden del día.


COMISIÓN DE FOMENTO COOPERATIVO

La comisión de fomento cooperativo tiene como funciones las de:
Organizar y desarrollar programas de acción cooperativa y de carácter cultural en beneficio de sus asociados y de la comunidad
Fomentar iniciativas que fortalezcan los lazos entre los asociados y sus familiares.

COMISIÓN FISCAL

Los cometidos de esta comisión son los de controlar la regularidad de los actos y contratos realizados por los órganos de la cooperativa; examinar los registros, documentos y correspondencia.
Controlar  cualquier documentación y registro relativo a la contabilidad de la cooperativa
Informar sobre la gestión del Consejo Directivo y la Comisión Fomento.
Convocar a la asamblea general por motivos graves y urgentes.
Observar al Consejo Directivo por la comisión de cualquier irregularidad



COMISIÓN ELECTORAL

Sus principales cometidos son:
Realizar todos los actos preparatorios para las elecciones, dando a publicidad el padrón electoral.
Controlar el acto eleccionario, efectuar el escrutinio, proclamar los candidatos y darles posesión de sus cargos.
Atender en primera instancia en las reclamaciones que pudieran suscitarse

CONSEJO DIRECTIVO

Tiene la más amplia competencia en materia de administración, disposición y gravamen del patrimonio social y la realización de los actos y contratos que tiendan al cumplimiento de los fines de la cooperativa
En general resuelve todos los asuntos relacionados con la administración  de la cooperativa, que no sean competencia de la Asamblea General

Sus funciones son:
Nombrar y remover empleados
Administrar los fondos sociales
Cobrar y percibir los pagos que correspondan
Contraer obligaciones, adquirir, enajenar o gravar bienes y derechos
Convocar a Asambleas generales
Presentar a la asamblea general la memoria anual y balance general
Proponer a la Asamblea general: constitución de fondos especiales
                                                      Plan general de inversiones
                                                     Formación de comisiones para el mejor funcionamiento de
                                                     la cooperativa
Sostener acciones judiciales, apelar, nombrar procuradores o representantes; previo acuerdo con la Asamblea, desistir, transigir o someterlos a arbitraje y efectuar todos los actos necesarios para proteger los intereses de la cooperativa
Calificar infracciones y aplicar sanciones en acuerdo con los estatutos

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